14 oct 2013

Crónica del TALLER SOBRE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL Y LABORAL (TENERIFE)


¿Qué entendemos por vida personal y laboral? ¿Cuál es el marco desde donde se legisla la conciliación de nuestra vida personal y laboral? ¿Qué significa cada concepto según la legislación? Nuestra abogada laboralista y compañera del sindicato Alicia Mujica, nos introduce de esta manera en el Taller sobre la Conciliación de la vida familiar, laboral y personal, que el SOV de Santa Cruz de Tenerife organizó el pasado 9 de octubre en el Centro Ciudadano San Jerónimo (barrio de Taco, en el que tiene su sede el sindicato). Lejos de darnos una clase magistral de derecho, con detalles de artículos y redacciones malintencionadas de la legislación laboral vigente, la primera ponente nos invitó a reflexionar sobre nuestro modelo de vida, nuestro concepto de vida personal y el escaso margen que el sistema de explotación capitalista “nos permite” para encajarla en su modelo de producción y beneficios. Quedó claro que en absoluto coincide nuestra interpretación de vida personal con las normas que regulan la supuesta conciliación entre ésta y la vida laboral. Para empezar, un broche importante: la ley sólo regula las vidas (familias) productivas y reproductivas. Es decir, únicamente pueden tener derechos aquellas personas que, además de producir, tienen relaciones biológicas y/o adoptivas de descendencia y/o ascendencia. Nadie que no tuviese hijos y/o padres, nietos/abuelos, tiene derecho a conciliar su vida personal con su vida laboral. Pues el mandato sagrado es no parar/entorpecer la producción capitalista.
En esta misma línea, Antonio Perdomo, activista por los derechos y libertades sexuales (y graduado social en terreno laboral), nos demostró cómo en la gran mayoría de los casos, la percepción social que hay sobre lo que es una familia continúa invariable. A pesar de sus múltiples variedades: monoparentales, ensambladas, tradicionales, mestizas, homosexuales…en la práctica ninguno de estos modelos cuestiona en sí misma el propio sistema económico y social. Todas las personas “pasamos por el aro” para poder ser sujetos de derechos. De manera que también habríamos de preguntarnos por las formas de vinculación afectiva sobre las que proyectamos nuestras vidas personales, en aras de poder tener plenos derechos laborales no condicionados a unos modelos estándar de familia.
La última pincelada vino de la experiencia de Eugenia Fernández, orientadora educativa y componente del colectivo de educación afectivo/sexual Harimaguada. Enlazando con la idea primigenia de que el sistema prioriza la necesidad de los mercados y no la necesidad de las personas, esta ponente nos expone la teoría de la cuidadanía. Sí, no es una errata, cuidadanía frente a ciudadanía (defiende la economista Amaia Pérez Orozco): derechos para todas las personas frente a sujetos con derechos (excluyente). Las personas necesitamos de los demás, cuidar y que nos cuiden, y también no cuidar o que no nos cuiden. Labor que histórica y socialmente se le atribuido a las mujeres, porque sí. Hay personas y sectores sociales que pueden “comprar” los cuidados (de la misma manera que se compran los trabajos domésticos), pero cuando los cuidados se mercantilizan, cuando se privatizan, dejan de formar parte de una vida digna para todas las personas. Es necesario rechazar la unidireccionalidad de los cuidados y reivindicar el apoyo mutuo.

En el debate que sostuvimos las 15 personas que componíamos el taller, charlamos sobre la necesidad de utilizar los derechos, ya escasos, que regula la ley en materia de conciliación. Y también de la urgente reflexión sobre nuestras reivindicaciones sindicales en este terreno, partir no de la visión mercantil del sistema sino de nuestra visión de una vida digna, de la sostenibilidad de la vida personal y laboral.

Imágenes: https://www.dropbox.com/sh/1u2tbuwl08rh4z2/KXsdIXF9sv#/

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